15 de mayo de 2008

EL CINTURÓN DE SEGURIDAD

Dentro de los elementos de seguridad pasiva de un vehículo, es decir, aquellos cuya finalidad es minimizar los daños de una persona desde el momento en que se produce un accidente, está, con letras mayúsculas, el cinturón de seguridad, seguramente porque evita un 50% de muertes. Es un arnés cuya función es sujetar el cuerpo con el asiento que utilizamos, para evitar que en caso de accidente se desplace libremente por el vehículo, y por tanto, fundamental para no impactar con otros elementos de la carrocería, o pasajeros. Su acción mecánica está definida por la acción de varios componentes de forma conjunta, basándose en tres puntos de apoyo cuya unión mediante el cinturón, proporciona al cuerpo una sujeción adecuada. Es más eficaz cuanto más correcta es la posición del respaldo, es decir, que lo llevamos recto. Cuando el cinturón de seguridad es llevado correctamente, la mayor parte de la fuerza de retención será aplicada sobre dos zonas del cuerpo resistentes, como son el pecho y la pelvis. Como el cinturón se extiende a lo largo de un área amplia del cuerpo, la fuerza de retención se distribuye, dando lugar a una menor presión y, por tanto, reduciendo la posibilidad de daños. La DGT, en su página web, pone a nuestra disposición infografías que nos enseñan la evolución y daños de accidentes derivados de los hábitos incorrectos que se mantienen en la circulación, y como ejemplo, del caso del cinturón de seguridad, podeis visualizar los siguientes: El pasajero asesino, y El peligro de sentarse mal. Hay también algunos videos ilustrativos, en términos similares, que con mucha realidad, y también cierta crudeza, nos muestran los resultados nefastos de no llevar puesto el cinturón de seguridad, y los daños que ello conlleva y puede provocar de forma directa, tanto a uno mismo, como a otros pasajeros del vehículo (ver video).

La normativa vial obliga a la utilización del cinturón de seguridad, siempre, tanto en vías urbanas como interurbanas, exceptuándose determinados supuestos, que el artículo 119 del Reglamento General de Circulación establece, tales como efectuar maniobra de marcha atrás o estacionamiento; disponer de un certificado de exención por razones médicas graves o discapacidades, que deberá exhibirse cuando se requiera por los Agentes de Tráfico; etc. Una de las principales preocupaciones en el uso del cinturón de seguridad, además de utilizarlo siempre, es que su colocación sea correcta. Pero, ¿cuándo está bien colocado, o qué debemos evitar para que no nos haga daño en caso de accidente?.

Inicialmente, antes de que el vehículo arranque, extendemos el cinturón y nos lo colocamos, comprobando en primer lugar que pase por la clavícula, entre el hombro y cerca del cuello, pero nunca por el cuello; y por el pecho, en la parte central. Para las mujeres, por sus características físicas, en el pecho deben procurar llevarlo lo más cerca posible del esternón. Si en algún momento, el cinturón nos contacta con el cuello, y sufrimos un accidente, su acción protegiendo el cuerpo contra el asiento provocaría una fuerza sobre la tráquea y sus consiguientes repercusiones. Es recomendable utilizar prendas con tejidos que no se deslicen con el cinturón, y en épocas frías, es preferible no llevar ropa excesiva de abrigo (mejor subir la calefacción), ya que restaría la acción del cinturón de seguridad.

Sobre el cuerpo, debe estar ajustado, no forzado, ni holgado, sino con la tensión propia que los componentes del cinturón proporcionan. Esta es también una cuestión importante ya que los pretensores que se activan en caso de accidente para sujetar el cuerpo, son eficaces cuando el cinturón está correctamente colocado. Si está excesivamente apretado, nos provoca daños, y si está holgado (sobre todo en la cintura), se produciría el llamado “efecto submarino”, es decir, que al sobrar cinturón y actuar los pretensores, no sujeta el cuerpo, y a su vez, al moverse, se deslizaría y escaparía por debajo del cinturón, provocando daños irreversibles e indeseados, porque además se pierde la posibilidad de protección del reposacabezas, del airbag, etc. Este caso también es muy común cuando se lleva el respaldo del asiento muy inclinado hacia atrás, o cuando se lleva puesta mucha ropa, o ropa de abrigo. Los Sistemas de Retención Infantil ya están incorporando determinados elementos que contrarrestan esta posibilidad de “efecto submarino” (isofix, y otros). Por último, en la cintura, debe colocarse sobre partes de hueso (coccix), porque si lo utilizamos sobre partes blandas, las fuerzas de acción del cinturón en caso de accidente, podrían desencadenar daños en los órganos internos.

La altura del cinturón es regulable, tanto en asientos delanteros, como, en muchos casos, traseros. En los delanteros, se incorpora en la carrocería una guía accionable manualmente mediante botón o palanca, que sube o baja en un recorrido de aproximadamente 10 centímetros. Habrá que regularlo en cada caso para evitar que el cinturón quede acomodado en el cuello o en la barbilla. En los asientos traseros, dependiendo de los modelos, habrá vehículos que lleven el mismo mecanismo que los delanteros, pero la mayoría incorpora una pinza por la que pasar el cinturón, o bien, un regulador de la posición del respaldo trasero, más o menos inclinado dependiendo de la altura del ocupante.

Es muy importante, por tanto, que cada pasajero del vehículo se acomode en el asiento que mayor seguridad le pueda proporcionar, es decir, que una persona que en los asientos traseros no consiga regular el cinturón adecuadamente, pase al asiento delantero porque tiene mejores posibilidades de regulación. Todo el procedimiento hay que tenerlo también muy en consideración en la utilización de Sistemas de Retención Infantil (sobre todo en los del tipo cojín elevador), tratando de ajustar el cinturón conforme a los puntos indicados. Recordar que la no utilización del cinturón de seguridad es una infracción de tráfico, grave, que supone, además de una sanción económica de 200€, y la retirada de 3 puntos. Para los pasajeros no conductores, supone solamente la sanción económica, aplicable a cada persona que no lo lleve puesto.

Pinchar aqui para ver un video sobre las consecuencias de no ponerse el cinturón de seguridad.



2 comentarios:

Anónimo dijo...

Mi vehículo tiene ya unos añitos y no trae cinturones en la parte trasera.
¿Cómo he de actuar? ¿Puedo llevar pasajeros en la parte trasera? ¿Me pueden multar por ello? ¿Estoy obligado a instalarlos?

Educación Vial Torrejoncillo dijo...

Por criterios de fabricación, los vehículos que no lo llevaran incorporado no están obligados a instalarlos. En consecuencia, se pueden transportar pasajeros sin problema. otra cuestión distinta es que optara por realizar una reforma instalando los cinturones, caso en el que debería pasar una inspección técnica adecuadamente.
La precaución máxima que debe tenerse en estos vehículos antiguos que no tienen cinturones de seguridad en los asientos traseros, es que no pueden transportarse niños menores de 3 años.